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Violencia intrafamiliar o acoso

¿Qué vigencia tiene un Auto de Prohibición de Acoso?

Si un juez expide un Auto de Prohibición de Acoso, el demandado deberá ser notificado con la orden antes de que pueda entrar en vigor. Si no se notifica, esta caducará un año a partir de la fecha en que el juez la expidió. Una vez que el auto ha sido notificado, tendrá vigencia por un año a partir de la fecha en que se expidió. Un notificador privado o una agencia local del orden público puede notificar la orden. Si usa un notificador privado, el peticionante es responsable por entregarle la copia del demandado y pagar una tarifa de servicio y millaje. A menos que la relación entre el peticionante y el demandado sea de relación íntima o romántica, las autoridades también cobrarán una cuota por notificar un Auto de Prohibición de Acoso.

 

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