In the fall of 2024, the Arizona Department of Child Safety (DCS) mailed letters to parents who once had an open dependency and/or severance case.
Did you receive a letter? Visit the DCS letter page for more information.
¿Puedo contestar por teléfono o por correo?
Si lo autoriza el tribunal y el caso es por una falta, se le puede permitir una contestación por teléfono si usted reside fuera del estado o a más de 100 millas del tribunal, el convenio es por escrito, un oficial del orden publico certificará que usted firmó el convenio de culpabilidad/“ni afirmo ni niego”, y el oficial le hará poner la huella dactilar en el documento. Los tribunales de jurisdicción limitada pueden aceptar un convenio de culpabilidad o de “ni afirmo ni niego” por escrito para una falta o infracción menor, si el tribunal queda satisfecho de que una comparecencia del acusado sería una dificultad extrema debido a una enfermedad, discapacidad, viajar largas distancias, o encarcelamiento. El convenio presentado por correo deberá cumplir con los requisitos de la Regla 17 y deberá estar firmado por el acusado y ser notariado.
Recursos:
• Rule 17, [Regla 17] Código de Procedimiento Penal de Arizona
• Form 28(a) [Formulario 28(a) Contestación por correo de culpabilidad /Ni afirmo ni niego