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Fallos: reclamaciones de menor cuantía

¿Cómo empiezo el proceso de embargo?

Con el fin de obtener un embargo preventivo, deben cumplirse algunos procedimientos específicos. El primer paso es un aviso preliminar de 20 días. Este aviso debe entregarse con un plazo mínimo de 20 días posteriores a la finalización del trabajo y debe enviarse con la acuse de recibo de correo a todos los involucrados. Una notificación preliminar de 20 días debe contar con la siguiente información:

  1. Una descripción general de la mano de obra, los servicios profesionales, materiales, las máquinas, los accesorios o las herramientas proporcionadas o a ser proporcionadas y un estimado del precio total de esto.
  2. El nombre y la dirección de la persona que provee el trabajo, los servicios profesionales, materiales, maquinaria, aparatos o herramientas.
  3. El nombre de la persona que contrató para la compra de mano de obra, servicios profesionales, materiales, maquinaria, aparatos o herramientas.
  4. Una descripción legal, parcela de subdivisión, dirección, ubicación con respecto a los caminos u otros lugares de interés en el área o cualquier otra descripción de la obra suficiente para la identificación.
  5. La siguiente declaración en tipo de letra negrita:
    1. De conformidad con los Estatutos Enmendados de Arizona sección 33-992.01, esto no es un derecho de retención y no se trata de una reflexión sobre la integridad de cualquier contratista o subcontratista.
      Notificación al Propietario del inmueble
      Si no se pagan las facturas en su totalidad por la mano de obra, los servicios profesionales, materiales, maquinaria, accesorios o herramientas suministradas o a ser suministradas, el embargo preventivo del mecánico que conduce a la pérdida, a través de los procesos de ejecución hipotecaria judicial, de todo o parte de su propiedad que se mejora y puede colocarse contra la propiedad. Tal vez desee protegerse contra esta consecuencia, ya sea por:
      1. Su solicitud al contratista de presentar una renuncia condicional y exención en virtud de los Estatutos Enmendados de Arizona artículo 33-1008, inciso D, párrafos 1 y 3, firmado por la persona o compañía que le presenta este aviso antes de hacer el pago a su contratista.
      2. Que requiere el contratista presente una renuncia incondicional y exención conforme los estatutos revisados de Arizona artículo 33-1008, inciso D, párrafos 2 y 4, firmado por la persona o Compañía que le presenta este aviso después de realizar el pago a su contratista.
      3. Utilizando cualquier otro método o dispositivo que sea apropiado según las circunstancias

El formulario de un aviso preliminar de 20 días se puede encontrarse en A.R.S. § 33-992.01 (D) puede consultar a un abogado para obtener más información.

Recursos:
•    Propiedad A.R.S. §§ 33-981 a 33-1008

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