In the fall of 2024, the Arizona Department of Child Safety (DCS) mailed letters to parents who once had an open dependency and/or severance case.
Did you receive a letter? Visit the DCS letter page for more information.
Defensas por parte del inquilino por la falta de pago del aquiler
- Usted ha recibido una demanda de desalojo de su arrendador porque usted no ha pagado el alquiler vencido.
- La ley exige que el arrendador le avise a usted por escrito y de la forma debida que el alquiler no se ha pagado y cuánto dinero se debe.
- Usted puede corregir el problema pagando el alquiler más cualquier cargo por mora que se establezca en el contrato dentro de los 5 días después de haber recibido el aviso o en cualquier momento antes de ver al juez.
- Pero usted debe saber que existen varios posibles tipos de defensas que le podría presentar al juez.
- Una defensa podría ser que el arrendador no le haya entregado un aviso por escrito en el que se establezca la cantidad del adeudo y le dé 5 días para liquidarla.
- Otra defensa podría ser que el arrendador le haya pedido que pague una cantidad equivocada.
- Por ejemplo, si se subvenciona su alquiler y usted debe menos.
- O quizás usted ya haya pagado su alquiler por completo.
- Pagar por completo significa que usted ha pagado todas las costas judiciales, los honorarios de abogado y los cargos por mora calculados el día que usted pague.
- Otra defensa podría ser que su arrendador haya aceptado una parte del alquiler sin pedirle a usted firmar un acuerdo por escrito que indique que usted acepta pagar el resto del alquiler.
- Se trata de un acuerdo que usted firma en el momento en que el arrendador acepta el alquiler o una parte del alquiler, en el que le explica a usted las condiciones de aceptar el alquiler.
- Otra posible defensa podría ser que el arrendador no le haya proporcionado algún servicio esencial, como aire acondicionado, agua corriente u otra reparación.
- Sin embargo, usted no podrá simplemente dejar de pagar el alquiler.
- Otra defensa podría ser que su arrendador le esté pidiendo una cantidad que no se mencione en el contrato de alquiler, por ejemplo, cargos por mora.
- Antes de que el juez dicte sentencia en contra de usted, dígale si usted trae el dinero para pagar el total del monto adeudado, que incluye las costas judiciales y los honorarios de los abogados.
- Se reanudará el contrato de alquiler; es decir, seguirá en vigor si usted paga todo el alquiler en mora, los cargos por mora, los honorarios de abogado y las costas judiciales.
- Después de que se dicte la sentencia, el arrendador no tendrá que reanudar el contrato de alquiler.
- Si el arrendador acepta que usted se quede en la vivienda, antes de pagar estos montos, asegúrese de recibir un documento que establezca específicamente que usted pueda quedarse allí, si no, todavía podría estar obligado a mudarse.
- Diríjase al centro de autoservicio en azcourts.gov o AZCourtHelp.org para ver las Hojas de información legal pertinentes, como por ejemplo, “Reclamos contra el arrendador”, “Falta de pago del alquiler” y “Después de una acción de desalojo”.
Resources:
Tutoriales de video - Acción de desalojo de residencial